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7. Servicios Abiertos de Gobierno

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Los Servicios Abiertos de Gobierno no hacen referencia a la disponibildiad como software libre (o abierto) de las aplciaciones de servicios públicos, sino que son la “versión servicio” de los Datos Abiertos; servicios en línea para exponer datos y realizar cómputo, sin restricciones y con resultados verificables.

Se pueden definir en cuatro principios:

  • Deberán basarse en datos abiertos, nunca sustituir a éstos. Su propósito es hacer las cosas más fáciles, no impedir el acceso.
  • Deberán ser verificables. Al incluir datos abiertos y algoritmos, deberíamos tener una forma de verificar que los resultados coinciden con lo que se espera, y no son modificados durante su procesamiento. La forma más obvia es publicar el algoritmo y los procesos además de los datos.
  • Deberán ser abiertos para todos, sin limitaciones, excepto por razones de seguridad. Sin registros, sin justificación. Exactamente el mismo principio que aplicamos para los datos abiertos.
  • Deberán ser accesibles con estándares abiertos, sobre los que ninguna entidad tenga control absoluto.

2.6.1 APIs

La forma más sencilla para publicar y facilitar el reuso de datos a través de servicios abiertos es la creación de APIs debidamente documentadas y mantenidas que faciliten al máximo el consumo de datos y servicios por parte de aplicaciones y herramientas, tanto de particulares, organizaciones o empresas.

Los mismos criterios que aplican para hacer de cualquier API lo mas abierta y accesible posible, aplica para las que pueda crear el gobierno, con el diferencial -claro está- de que los datos publicados son públicos y deben existir además como Datos Abiertos.

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